Jubilación por accidente laboral: qué es y cómo tramitarla
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Jubilación por accidente laboral: qué es y cómo tramitarla

Jubilación por accidente laboral qué es y cómo tramitarla
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¿Necesitas tramitar la jubilación por accidente laboral?

Aquí te contamos en qué consiste, requisitos, documentos, cómo solicitar y más información útil en relación a este tema.

Jubilación por accidente laboral

¿Qué es la jubilación por accidente laboral?

La jubilación por accidente laboral es un derecho que asiste al trabajador por causa o en ocasión de cumplimento de sus actividades laborales.

En Uruguay se ha establecido una pérdida de al menos 2/3 de la capacidad laboral, para otorgar esta jubilación.

Si bien están establecidas condiciones de edad y contribuciones para el otorgamiento de la jubilación en otros casos, cuando la invalidez es causada por un accidente laboral se concede automáticamente.

El organismo encargado de la evaluación y otorgamiento de este beneficio es el Banco de Provisión Social (BPS). Por si te interesa, aquí te dejamos información de Seguro por accidente laboral: cómo solicitarlo y cobrarlo.

¿Cómo y dónde se debe tramitar?

La vía para tramitar jubilación por accidente laboral es presencial, para esto, están habilitadas las oficinas del BPS en todo el país.

En Montevideo, están ubicadas estas oficinas:

  • Oficinas centrales: solicitud de pasividades, Colonia 1851, planta baja, sector B, en el edificio sede.
  • Unión: avenida 8 de Octubre 3914, entre Lindoro Forteza y General Félix Laborde.
  • Colón: Garzón 2014, esquina camino Besnes e Irigoyen.
  • Sayago: Camino Ariel 4799, entre Sayago y Vedia.

Antes de asistir, hay que agendar día y hora de atención, también se puede llamar al 1997 o 21997, lunes a viernes de 8 a 18 horas.

En el interior del país:

Se asiste a las unidades descentralizas del BPS, se consulta disponibilidad de atención a través de la Agenda web.

En caso de dudas en relación al trámite, es posible dirigirse sin previa agenda a Informes, Edificio Sede, Colonia 1851, plata baja en Montevideo; también se puede enviar correo a las sucursales en todo el país.

¿Cómo se calcula el monto a percibir?

El BPS calculará el Sueldo Básico Jubilatorio (SBJ) para utilizarlo como base de esta prestación y realiza una proyección de los años de trabajo y de la edad en que se origina la jubilación.

Una vez obtenido el SBJ, se aplica la Tasa de adquisición de derechos establecida en el art. 46 de la Ley para la edad proyectada.; puedes hacer la consulta para conocer SBJ a través de tu usuario BPS, o por correo electrónico.

¿Cuáles son los requisitos para obtenerla?

Si bien el trabajador no precisa contar con requisitos de edad y años de servicio para configurar la causal jubilatoria por ningún régimen, si se necesita cumplir con los siguientes requisitos:

  • Historia clínica de los últimos 2 años.
  • Estudios complementarios de acuerdo al tipo de jubilación con timbre fiscal, asimismo, toda la documentación del médico tratante pertinente para la evaluación a realizar.
  • El presente formulario más el informe del médico tratante, con timbre fiscal de $ 140 (si los informes son realizados por ASSE o el Hospital de Clínicas no requieren el timbre).

Un informe médico favorable no implica necesariamente el otorgamiento de jubilación por imposibilidad física.

Además, de los requisitos anteriores, son necesarios los siguientes documentos:

  • Cédula de identidad vigente y en buena condición, original y fotocopia.
  • Si se es aportante al Fondo de Solidaridad, constancia de estar al día con los pagos.
  • De no estar registrado vínculo con los hijos y se sumarán años adicionales, se presenta la fotocopia de cédula de identidad de los hijos y partida de nacimiento, con 30 días de vigencia. Se pueden consultar los vínculos personales registrados en el Portal de Servicios en línea BPS, en la sección “Consultar mis vínculos personales”.
  • En caso de tener hijos con alguna discapacidad, los años a computar podrán distribuirse entre la madre y al padre, para esto se debe presentar el “Acuerdo madre/padre para computo ficto por cuidados”.

Otros tipos de jubilaciones prematuras

Aquí más información de jubilaciones prematuras:

Por incapacidad total

La jubilación por incapacidad total se confiere con base en la Ley 20.130 y se otorga cuando un trabajador sufre una pérdida de capacidad laboral absoluta y permanente para cualquier tipo de trabajo.

Según el Decreto 306/013, la incapacidad absoluta para todo trabajo se origina con un 66% o más de invalidez.

Adicionalmente, a esta jubilación por incapacidad total contemplada en la Ley 20.130, también son beneficiarios quienes estén en dependencia severa, o que tengan a ca­­­­­­rgo uno o más hijos con alguna de las siguientes condiciones:

  • Menor de 18 años de edad.
  • Mayor de 18 y menor de 21 años de edad, sin medios suficientes para su sustentación.
  • Mayor de 21 años con incapacidad absoluta y que no disponga de los medios necesarios para su sustentación.

En caso de solicitar Jubilación por incapacidad total, además de los requisitos mencionados se debe presentar el Consentimiento informado facilitado por BPS, debidamente completado y firmado.

Por incapacidad parcial

La incapacidad parcial consiste en la disminución de capacidad para desempeñar las actividades laborales cotidianas.

Para tramitar una Jubilación por incapacidad parcial, se debe presentar además de los requisitos referidos con anterioridad, el acuerdo con el empleador.

En este acuerdo ­­­­­­­­­­­­­se fija una reducción de horario y remuneración entre un 33,33 y 50% por un tiempo de 6 meses, salvo circunstancias de fuerza mayor o notoria mala conducta.

El acuerdo debe ser firmado y presentado con fotocopia de cédula del firmante de la empresa registrado ante el BPS.

Por incapacidad psiquiátrica

Para evaluar este tipo de incapacidad, será necesario contar con los informes de los médicos tratantes y los informes de asistencia recibida en las instituciones del Sistema de Salud.

Todo esto se tomará en cuenta para la evaluación del porcentaje de pérdida de capacidad laboral por salud mental médicos BPS.

Conclusiones

Esperamos haberte proporcionado información útil en relación a la jubilación por accidente laboral.

Si tienes cualquier duda, no dejes de contactar a BPS a través de sus correos, teléfonos o dirigirte a cualquier de sus oficinas en todo el país.

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