¿Sabes cuándo puedes realizar el trámite jubilatorio?
Muy posiblemente sepas que se precisa contar con determinada edad y años de servicios, y eso es así, pero también hay otras causas por las cuales se puede obtener la jubilación.
Te permiten seguir activo sí lo deseas, o jubilarte por haber realizado trabajo muy demandante por años, y ahora quieres llevar una vida más tranquila.
Sigue leyendo este post y te enteraras de esta y más información interesante.
¿Qué es el trámite jubilatorio?
El trámite jubilatorio es un derecho de prestaciones de seguridad social, garantizado por los Regímenes jubilatorios anteriores, creados por la Ley 16.713 y el Nuevo Sistema Provisional Común, creado en la Ley 20.130.
En estas leyes se establece para todo trabajador el derecho a su jubilación, siempre y cuando cuente con los requisitos de edad y tiempo trabajado.
La jubilación consiste en una asignación de dinero que vas a recibir por no estar realizando actividades laborales remuneradas.
Su intención es garantizar una subsistencia digna, cuando ya estemos más mayores, o se pierda la capacidad para generar ingresos.
Esta es otra etapa de nuestras vidas y puede ser el momento para lograr algún sueño que se nos haya quedado por ahí, como registrar una empresa o marca.
¿Cuándo puedes solicitar el trámite jubilatorio?
Cuando confluyen edad, años de servicios, o bien otras condiciones que te presentamos a continuación.
Jubilación Común
Pueden pedirla los trabajadores con 60 años de edad y 30 años de servicio (como mínimo) en el sector de industria, comercio, construcción, rural, servicio doméstico y administración pública (a excepción de militares y policías).
Jubilación por edad avanzada
Se puede realizar este trámite jubilatorio si se cuenta con 70 años de edad y 15 años de servicios en el sector de industria, comercio, construcción, rural y administración pública (salvo militares y policías).
A partir del 01 de febrero de 2009 se flexibilizó esta causal a:
- 69 años de edad y 17 años de servicios
- 68 años de edad y 19 años de servicios
- 67 años de edad y 21 años de servicios
- 66 años de edad y 23 años de servicios
- 65 años de edad y 25 años de servicios
Jubilación por incapacidad total
Se puede realizar este trámite jubilatorio cuando un trabajador posee una incapacidad absoluta y permanente para llevar a cabo todo tipo de trabajo.
Jubilación parcial flexible
Pueden tramitarla los afiliados dependientes que posean causal normal o anticipada, por el desempeño de puestos de trabajo exigentes.
Esta jubilación es compatible con el desempeño de servicios de la misma afiliación.
Jubilación compatible con actividad
Se concede en situaciones especiales a sectores de actividad en los cuales hay escasez de mano de obra calificada en determinadas profesiones, oficios u otras categorías laborales.
Pueden tramitarla jubilados con máximo 70 años de edad al momento de la contratación.
¿Cómo solicitar el trámite jubilatorio?
En esta sección te presentamos los requisitos y modalidades para realizarlo.
Requisitos
Para iniciar el trámite jubilatorio es necesario contar con la documentación siguiente:
- Consultar los períodos de actividad laboral a través del servicio Consultar Vida Laboral.
- Si se detectan años de trabajo no registrados en BPS, es necesario completar la Declaración de Períodos Trabajados.
- Una vez realizada, si se cuenta con Usuario personal de BPS se podrá enviar a través del servicio “Declarar períodos trabajados”.
- Cédula de identidad vigente.
- Si se aporta al Fondo de Solidaridad, constancia de estar solvente.
- En caso de no estar registrado el vínculo con hijos y se van a computar años adicionales por estos, es necesario presentar su fotocopia de cédula de identidad y partida de nacimiento, con 30 días de vigencia. Aquí puedes Consultar mis vínculos personales.
- Si se va a solicitar Jubilación por incapacidad física, se requiere presentar la historia clínica de los 2 últimos años, formulario con informe del médico tratante, con timbre profesional por $ 140,00 (informes de ASSE y Hospital de Clínicas no requieren timbre). Adicionalmente, Consentimiento informado.
¿Cómo solicitar el trámite jubilatorio?
Tienes 2 opciones para realizar la solicitud, te contamos a continuación.
Por internet
Por esta vía solo es posible gestionar la jubilación común (60 años de edad y 30 años de servicio) y la jubilación por edad avanzada (70 años de edad y 15 años de servicios).
Si los servicios registrados en BPS son correctos y cuentas con toda tu actividad laboral BPS registrada y probada, puedes ingresar en línea con tu usuario registrado para solicitar el trámite jubilatorio.
Presencial
Para realizarlo por esta vía es necesario reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web, o llamar al 1997 o 21997, si estás en el interior del país.
En Montevideo están a la disposición:
- Oficinas centrales: te diriges a Solicitud de pasividades, Colina 1851, Edificio Sede, planta baja, sector B.
- Colón; Garzón 2014, esquina camino Besnes e Irigoyen
- Sayago: Camino Ariel 4799, entre Sayago y Vedia.
- Unión: Av. 8 de Octubre 3914, entre Lindoro Fortaleza y General Félix Laborde.
En el interior del país cuentas con las unidades descentralizadas del BPS, consulta en la Agenda web la disponibilidad del servicio en tu localidad. También tienes la opción enviar un correo a las oficinas habilitadas en el interior.
Guía completa de trámite jubilatorio
Aquí tienes el enlace de la Guía de solicitud de jubilación en línea BPS, con toda la información detallada para que completes exitosamente tu solicitud.
Para más información
En la web de BPS puedes leer más de Jubilaciones, información de los regímenes, todas las opciones de jubilación y lo que se recibe en cada una.
Si tienes alguna duda en relación a como iniciar el trámite jubilatorio puedes dirigirte, sin previa cita, al Edificio Sede, Colina 1851, planta baja o a las sucursales en todo el país.
También es posible realizar consultas a través de tu usuario personal BPS o a través del formulario de contacto.
Y aquí un enlace informativo en relación a la Declaración de períodos trabajados.
Conclusiones
Es posible realizar trámite jubilatorio con base en la edad y años de servicios laborales, pero estas no son las únicas causales, también puede solicitarse por incapacidad total o haber desempeñado cargos muy exigentes.
Te hemos contado como tramitar, pero si vas a realizarlo por vía de internet, te recomendamos leer la Guía detallada del BPS.
Y si tienes alguna duda no dejes de plantearla a través del canal BPS de tu preferencia, o acude a cualquiera de sus dependencias en todo el país.
Te deseamos mucho éxito al momento de realizar tu trámite jubilatorio; y que la jubilación te abra posibilidades para hacer más actividades que disfrutes y ser feliz.